Condiciones de trabajo del sector rural

Por Federico Vuille, Joaquín Rivero, Mauricio Portela y Ignacio Gaudín.

 

A continuación, se desarrollan algunos aspectos a tener en cuenta vinculados a las condiciones de trabajo del sector rural.

 

¿Qué se entiende por trabajador rural?

 

Se entiende por trabajador rural, toda persona que preste servicios en forma subordinada para realizar actividades rurales fuera de la zona urbana. También debe analizarse la actividad que presta la empresa, ya que independientemente del trabajo que realice la persona, puede configurarse trabajo rural si la principal actividad de la empresa es rural.

 

¿Qué particularidades tienen las condiciones de trabajo de este sector?

 

Históricamente, las condiciones laborales del sector rural fueron poco reguladas. En los últimos años, se han ido legislando diversos aspectos que se detallan a continuación.

 

Alimentación y vivienda

 

La primera particularidad que presenta el sector es la obligación al empleador de brindar alimentación y vivienda a sus empleados, ya sea en especie o abonando su equivalente en efectivo. A tales efectos, se establece un ficto para grabar esta partida con aportes a la seguridad social. Actualmente, está fijado en $ 4287 ($171 en el caso de trabajadores jornaleros). Cabe destacar que esta partida no se encuentra alcanzada por IRPF.

 

El empleador deberá brindar condiciones higiénicas de habitación, así como agua potable y manutención al trabajador rural y su cónyuge e hijos, derecho que, para los últimos, cesa a los 21 años de edad.

 

En materia de alimentación, se entiende como necesario el suministro de tres comidas al día, conteniendo estas los alimentos básicos, estos son: leche, carne, arroz, fideos, verduras, pan o galleta, entre otros.

 

En cuanto a la vivienda, en la misma son imprescindibles las habitaciones separadas por vínculo conyugal. Sus medidas no podrán ser inferiores a 17 metros cúbicos por persona y deberá de existir una habitación destinada a la higiene personal de los trabajadores por cada 6 personas, conteniendo esta los debidos elementos sanitarios.

 

Jornada laboral

 

Las jornadas laborales están establecidas en un máximo de 8 horas diarias y 48 horas semanales. Si por algún motivo se supera esta cantidad, se deberá de abonar como horas extras

con un recargo del 100% sobre el valor hora correspondiente.

Descansos

 

En cuanto a los descansos, se pueden distinguir dos, los intermedios y los semanales. No se podrá trabajar más de 5 horas de corrido. Al llegar a esta cantidad, es necesario que tengan un descanso de, por lo menos, 30 minutos.

En la ganadería, el descanso intermedio tiene un mínimo de 2 horas corridas.

Entre una jornada laboral y la siguiente, la normativa dispone un descanso de al menos 12 horas corridas, siempre y cuando el descanso intermedio no supere las 3 horas.

 

Todos los empleados deberán de tener un día de descanso semanal, el cual, salvo común acuerdo, será el día domingo.

 

Seguridad laboral

 

En el último tiempo, la seguridad laboral ha tomado un papel protagónico y más precisamente en el sector rural, es por esto que su legislación está en constante cambio con nuevos decretos. El más reciente es el 321/009.

 

A continuación, se detallan algunos de los recaudos reglamentados por este decreto.

 

1) Los empleadores tendrán la obligación de adoptar medidas de prevención y protección frente a las actividades realizadas dentro del establecimiento para así garantizar la seguridad de los trabajadores.

2) Deberán de mantener informados a los mismos sobre el riesgo que conllevan las actividades, así como también tomar medidas inmediatas si ocurre una situación de riesgo físico y/o mental para los trabajadores.

3) La prestación de los siguientes materiales e implementos de seguridad:

· Calzado resistente y adecuado.

· Guantes de cuero.

· Sombrero de ala ancha o similar con cubre nuca.

· Ropa y calzado impermeable en los casos que corresponda de acuerdo a la estación climática.

· Lentes de protección, delantales, guantes y botas de goma cuando se realizan tareas de higiene y desinfección.

· Protector solar y repelente.

A modo de conclusión, se destaca la fuerte atención que se ha brindado hacia la seguridad social y la protección del trabajo en el sector rural. A su vez, se ha observado una mayor fiscalización de la normativa por parte de los organismos competentes. En consecuencia, se recomienda llevar un control sobre el cumplimento de la misma.

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