Compraventa de vehículos: aspectos prácticos para evitar contingencias futuras

La venta de un vehículo suele asociarse a la entrega del bien y la documentación correspondiente. Sin embargo, determinadas formas de instrumentar la operación pueden generar que quien entrega el vehículo continúe vinculado jurídicamente al mismo.
Conocer las distintas alternativas de instrumentación y sus consecuencias resulta fundamental para prevenir contingencias futuras y asegurar una adecuada transferencia de derechos y responsabilidades.

¿Cómo se instrumenta la compraventa de un vehículo?


En nuestro país la compraventa de un vehículo automotor requiere la intervención de un Escribano Público, y puede otorgarse mediante escritura pública o en documento privado con firmas certificadas y protocolizado, siendo esta última la forma más habitual.

Quien elige el escribano a los efectos de realizar la compraventa es siempre el comprador, así como quien debe asumir los gastos de certificados, tasas y honorarios profesionales.

Etapas de la compraventa de un vehículo

1. Estudio de antecedentes e información del vehículo

Se analiza la propiedad del vehículo, sus titulares y su naturaleza jurídica.

2. Solicitud y análisis de certificados

Se solicitan certificados registrales por los titulares de los últimos seis años y se estudia la integración del precio, verificando la existencia de cartas de pago.

Asimismo, se solicita el certificado de SUCIVE, que informa sobre multas de tránsito, convenios, deudas y titulares municipales.

3. Preparación de la documentación

Se confecciona el Título de Compraventa y se analiza la situación del vendedor.

Si este es contribuyente de BPS, se solicita el certificado que acredite estar al día con sus obligaciones. En caso de ser contribuyente de IRAE o IMEBA, se controla el Certificado Único Departamental (CUD).

Cuando intervienen sociedades, resulta necesario estudiar la documentación societaria y solicitar información registral por la misma.

4. Firma de la compraventa

La parte compradora asiste junto a su escribano y el vendedor puede comparecer con un profesional o no.

5. Protocolización e inscripción registral

Una vez certificadas las firmas, se realiza la protocolización e inscripción en el Registro de Automotores correspondiente.

6. Entrega de la documentación

Finalizada la inscripción, se entrega la documentación al comprador.

¿Cuándo cesa la responsabilidad del vendedor?

Una vez firmado el título de compraventa, el vendedor se desvincula totalmente de la propiedad del vehículo, dejando de ser responsable por cualquier hecho o acto cometido con el mismo.

Tampoco será responsable por las multas de tránsito futuras, ya que estas tienen efectos personales.

Carta poder y compromiso de compraventa: aspectos a considerar

En la práctica es frecuente que las partes opten por no firmar el Título de Compraventa y otorguen, en su lugar, un Compromiso de Compraventa o una Carta Poder.

Esto ocurre habitualmente cuando un vehículo es entregado a una automotora como parte del precio para la adquisición de otro.

Mediante la Carta Poder se faculta a la automotora para vender el vehículo en las condiciones y al precio que estime conveniente, sin necesidad de requerir nuevas autorizaciones del propietario.

Existe la creencia de que otorgar una Carta Poder o firmar un Compromiso de Compraventa implica desligarse totalmente del vehículo, pero esto no es así.

Mientras el vehículo continúe registrado a nombre del propietario original, este sigue vinculado legalmente al bien, aun cuando ya no tenga la posesión efectiva.

En nuestro ordenamiento jurídico existe la presunción de que el propietario es quien debe responder por determinados daños ocasionados con el vehículo, razón por la cual resulta especialmente importante analizar la forma en que se instrumenta cada operación.

El trámite de Motus Propio

Una de las alternativas disponibles para quien entregó el vehículo sin haber otorgado el título definitivo es el trámite de “Motus Propio”.

Este mecanismo permite solicitar ante la Intendencia el deslinde de responsabilidad respecto del vehículo, siempre que se cuente con la documentación que acredite adecuadamente la entrega de posesión del bien.

Por este motivo, resulta especialmente importante conservar toda la documentación de respaldo relacionada con la operación.

Recomendaciones prácticas

Algunas medidas que pueden contribuir a reducir riesgos son:

  • Establecer un plazo de vigencia determinado para las cartas poder.

  • Suscribir constancias de entrega o documentos de exoneración de responsabilidad futura.

  • Verificar que la compraventa definitiva haya sido otorgada e inscripta.

  • Controlar que se haya realizado la correspondiente transferencia municipal.

  • Conservar toda la documentación vinculada a la operación.

Consideración final

La correcta instrumentación de una compraventa de vehículos no solo permite transferir la propiedad del bien, sino también delimitar adecuadamente los derechos y responsabilidades de cada una de las partes.

Una adecuada planificación y asesoramiento previo permiten prevenir contingencias futuras y otorgar mayor seguridad a la operación.

En Vuille Lafourcade, el área notarial acompaña este tipo de operaciones en coordinación con las distintas áreas del estudio, procurando una adecuada formalización de cada caso.

Autores

Carolina Bermúdez

Esc. Carolina Bermúdez

Área notarial

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Esc. Cecilia Argüeta

Área notarial

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