Informamos el actual plazo para el registro de Estados Contables 2022 ante la Central de Balances Electrónica (CBE). El Art. 3 del Decreto Nº 156/2016 menciona los sujetos pasivos a dicho registro, los cuales se detallan a continuación:
- Sociedades comerciales.
- Sociedades y asociaciones civiles y agrarias.
- Fundaciones.
- Cooperativas.
- Fideicomisos y fondos de inversión no regulados por el BCU.
- Entidades no residentes con establecimiento permanente o que radique en territorio nacional su sede de dirección efectiva.
Es obligación para los sujetos pasivos detallados anteriormente registrar sus Estados Financieras, siempre y cuando cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
- Cuando el total de sus ingresos, al cierre del ejercicio, superen las 26.300.000 Unidades Indexadas.
- Cuando sus ingresos superen las 4.000.000 Unidades Indexadas al cierre del ejercicio y siempre que al menos el 90% de los mismos sean rentas de fuente no uruguaya.
Frente al incumplimiento de registrar los Estados Financieros, las consecuencias son considerables:
– 2.000 Unidades Indexadas.
– En caso de incumplimiento de cinco años: Asciende a 3.000 UI.
– Suspensión de CVA en DGI.
– Imposibilidad a distribuir dividendos. (Sanción: 125.000 UI)