Certificado PYME: Requisitos y beneficios
Se trata de un Certificado que acredita la condición de empresa PYME (Pequeña y Mediana Empresa), según lo dispuesto por el Decreto 504/007, frente a cualquier institución pública o privada en el país.
El Certificado PYME es requisito para participar en todos los programas que se gestionan desde MIEM-Dinapyme.
En este sentido se incluyen los programas de:
- Prodiseño.
- PIADE, subsidio parcial para procesos de asistencia técnica y/o capacitación para la mejora de la gestión empresarial en las distintas áreas de la empresa.
- Programa de Compras Públicas para Mipymes.
- Pro-Certificación.
- Programa de comercialización de Artesanías.
¿Qué empresas pueden tramitarlo?
Según la clasificación del Decreto 504/007, las empresas que están en condiciones a tramitarlo son las que cumplen con las siguientes condiciones:
Categoría | Personal Ocupado | Ingresos Anuales en UI | Ingresos Anuales en USD |
Micro | 1 – 4 | 2.000.000 | 300.214 |
Pequeña | 5 – 19 | 10.000.000 | 1.501.071 |
Mediana | 20 – 99 | 75.000.000 | 11.258.035 |
*Cotizaciones al 30/05/23
Cabe aclarar que para calificar como empresa PYME, se deben de cumplir ambas condiciones (personal ocupado e ingresos anuales),y que los ingresos a considerar son los correspondientes al cierre del ejercicio anterior.
¿Dónde y qué se necesita para iniciar el trámite?
Tanto la solicitud por primera vez como las renovaciones se solicitan en línea a través del Usuario Gub del representante.
Los requisitos para tramitarlo por primera vez son:
- Consulta de Datos registrales (formulario 6906).
- Cédula de Identidad del representante legal/apoderado firmante de la solicitud.
- Planilla de Trabajo, en caso de ocupar personal dependiente.
- Consulta de datos registrales de BPS (Situación de Contribuyentes y Empresas) excepto para Monotributistas y aportantes de Literal E, IVA Pequeña Empresa.
- Si su empresa presenta frente a DGI declaración anual de impuestos (IRAE – IRPF – IVA), se le solicitará la última declaración anual presentada a DGI.
- Sociedades Anónimas: Registro de Accionistas o Formulario B presentado al BCU.
- SRL, Cooperativas, Asociación Civil, etc: Contrato Social, Estatutos.
Los requisitos para tramitar la renovación:
- Planilla de Trabajo, en caso de ocupar personal dependiente.
- Si su empresa presenta frente a DGI declaración anual de impuestos (IRAE – IRPF – IVA), se le solicitará la última declaración anual presentada a DGI.
¿Qué beneficios tiene obtenerlo?
- Descuentos de tasas Marcas y Patentes
Con el fin de fomentar el desarrollo de la industria, ciencia, tecnología e innovación, las pequeñas y medianas empresas que obtengan el Certificado PYME, obtendrán un 80% de descuento en las tasas previstas para el Registro de Marcas y Patentes de la división Dirección Nacional de Propiedad Industrial dentro del MIEM.
- Beneficios adicionales en los proyectos de inversión presentados ante COMAP
Aquellas empresas que presenten un proyecto de inversión en la COMAP y obtengan la calificación de empresa PYME, se les otorgará un 10% adicional de beneficio de IRAE y un ejercicio adicional al plazo de exoneración obtenido para dicho impuesto.
Para quedar comprendido en esta categorización, deben cumplir las siguientes condiciones:
- Personal ocupado: No más de 19 personas.
- Ingresos anuales en UI: No superar UI 10.000.000
- Monto de inversión: No superar UI 3.500.000
- Beneficios en procedimientos competitivos de compras públicas.
En oportunidad de procesos competitivos de compras públicas (Licitaciones Públicas o Abreviadas, Compras Directas, Pregón) los oferentes que califiquen como empresa PYME, y presenten el correspondiente certificado, obtendrán los siguientes beneficios:
- Obtención de margen de preferencia entre 8% y 16% para micro y pequeñas empresas.
- Obtención de margen de preferencia entre 4% y 12% para medianas empresas.
- Reserva de mercado del 10% sobre la cantidad del llamado.
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